Expertos en inspección de terrazas y balcones desde 1999

Sirviendo a toda el Área de la Bahía de San Francisco y Sacramento

 

Lerch Bates Forensics ha Más de 20 años de experiencia en ingeniería forense tanto en la inspección como en el diseño de reparación de cubiertas elevadas, balcones, pasillos y escaleras en propiedades multifamiliares.

Nuestra experiencia incluye tanto ingeniería estructural y análisis forense de todo tipo de estructuras portantes (hormigón, madera, etc.) así como todos los sistemas de envolventes arquitectónicas que integran los elementos de impermeabilización necesarios para proteger dichas estructuras.

Lerch Bates Forensics no solo ha inspeccionado, sino que también ha diseñado y brindado garantía de calidad en la reconstrucción de miles de terrazas elevadas, balcones y pasarelas en la mitad occidental de los Estados Unidos desde nuestros inicios en 1999.

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¿Qué es el proyecto de ley de inspección de balcones?

A partir del 1 de enero de 2020, el Proyecto de Ley del Senado de California No. 326 para desarrollos de interés común promulgó la Sección 5551 del Código Civil que requiere inspección visual de todos los elementos elevados exteriores (cubiertas, balcones, pasillos, escaleras y barandas que estén a 6 pies o más del suelo) por un ingeniero estructural o arquitecto autorizado.

Este requisito se aplica específicamente a desarrollos de interés común (asociación de propietarios) edificios que contienen tres o más viviendas multifamiliares. Por lo tanto, viviendas unifamiliares y dúplex no estarían incluidas en este requisito.

los las primeras inspecciones deben completarse antes del 1 de enero de 2025 y luego no menos de cada nueve años a partir de entonces en coordinación con la inspección del estudio de reserva de conformidad con la Sección 5550.

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¿Por qué se requieren inspecciones?

Según la Comisión de Seguridad de Productos del Consumidor, las fallas de estructuras como balcones y terrazas han causado miles de lesiones por año (registradas por visitas a la sala de emergencias).

En California, el evento que puso el problema en primer plano fue el colapso del balcón de Berkeley en 2015. Esta tragedia provocó seis muertes y siete heridos, y provocó la acción de la ciudad y el estado. Las investigaciones forenses sobre las causas del derrumbe revelaron los riesgos inherentes de los balcones en voladizo con estructura de madera, que se aplican a otras estructuras portantes elevadas similares.

En 2016, el estado aprobó una ley que ordenaba a la Comisión de Normas de Construcción de California (CBSC) que realizara un estudio y presentara un informe sobre los hallazgos y recomendaciones. El informe del subcomité de elementos elevados exteriores (EEE) de CBSC determinó que debe haber inspecciones periódicas posteriores a la ocupación para evitar fallas en los EEE existentes.

SB 326 (2019) es la legislación resultante para exigir esas inspecciones a fin de evitar futuros derrumbes en edificios existentes.

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¿Quién DEBE realizar las inspecciones?


Un ingeniero estructural o arquitecto licenciado.

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¿Qué incluye una inspección?

Las inspecciones deben incluir una muestra estadísticamente significativa para proporcionar una confianza 95% en los resultados de la inspección.

Cada inspección debe incluir:

  • Una inspección detallada de los componentes que soportan la carga y los sistemas de impermeabilización o envoltura del edificio asociados, incluidos tapajuntas, membranas, revestimientos y selladores que protegen los componentes que soportan la carga de la exposición al agua.
  • Condiciones generales de seguridad
  • Recomendaciones para la reparación o sustitución de los sistemas
  • Vida útil restante esperada
  • Una lista de elementos para los cuales la asociación tiene responsabilidad de mantenimiento o reparación.

Los informes de la inspección deben ser sellados o firmados por el inspector y presentados a la junta de la asociación.

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Otros requerimientos

Si después de una inspección, un inspector informa que un elemento exterior representa una amenaza inmediata para la seguridad de los ocupantes, el informe debe enviarse de inmediato a la asociación y a la agencia de aplicación del código local dentro de los 15 días posteriores a la finalización del informe.

Todos los informes escritos deben conservarse durante dos ciclos de inspección (18 años) como registros de la asociación.

Para la inspección de edificios para los cuales se presentó la solicitud de permiso de construcción a partir del 1 de enero de 2020 (es decir, diseño y construcción más nuevos), la inspección deberá realizarse a más tardar seis años después de la emisión del certificado de ocupación.

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